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Mediante la reagrupación familiar, los extranjeros residentes legales en EEUU pueden solicitar que sus familiares cercanos obtengan permiso de residencia en EEUU.
¿A quién puede usted reagrupar?
- A su cónyuge.
- A sus hijos o a los de su cónyuge, incluidos los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o estén incapacitados y no estén casados.
- A los menores de 18 años o mayores de esa edad pero incapacitados cuando el residente legal extranjero sea su representante legal.
- A sus ascendientes o a los de su cónyuge cuando estén a su cargo y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en EEUU.
Requisitos básicos:
- Que el extranjero residente legal en EEUU haya renovado su permiso de residencia y que éste tenga una validez indefinida.
- Que el solicitante disponga de los medios económicos para mantenerse a él mismo y a su familia.
Recuerde que "su futuro es su decisión" y nosotros le podemos ayudar con cualquier caso de reagrupación familiar o temas relacionados. Abogados Mercado & Rengel ● +34 91 402 36 57 ● Miami 1-305-432-2199 ●
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